FISCALIDAD

Modelo 720: qué aporta Argos Terminal frente a Autodeclaro (contado con un caso real)

Marcos presentó su 720 con autodeclaro por ser honesto con Hacienda, y al año siguiente las dudas le comieron vivo. Su historia enseña más sobre el 720 que cualquier folleto. Comparativa honesta entre las dos herramientas, con sus números reales.

Economía para Lerdos · 02/09/2026

El modelo 720 tiene dos problemas separados: saber si estás obligado a presentarlo y generar el fichero oficial para la Agencia Tributaria. Herramientas como autodeclaro resuelven muy bien el segundo. Argos Terminal ataca los dos, porque tu cartera ya vive dentro y puede responder la primera pregunta sola, que es la difícil.

Eso es lo que voy a contarte hoy. Y no con teoría: con la historia de Marcos, sus ventas de 2025 y un susto de 865 euros que te enseñará más sobre el 720 que cualquier folleto.

(Marcos no se llama Marcos: es una composición de casos reales que hemos auditado de cerca durante la beta del gestor fiscal. Los números, esos sí, son de verdad.)

Un respeto antes de empezar

Lo primero: este artículo no viene a tirarle piedras a nadie. Marcos presentó su modelo 720 del ejercicio 2024 con autodeclaro. Pagó su tarifa, subió dos CSV con sus posiciones de los brókers, y recibió un fichero .720 perfecto que la Agencia Tributaria aceptó sin rechistar. Servicio prestado, dinero bien gastado.

De hecho, cuando construimos el generador de Argos nos pusimos un listón muy concreto: que nuestro motor fuera capaz de reproducir aquel fichero suyo aceptado por Hacienda byte a byte. Los 4.509 caracteres, ni uno distinto. Hasta que no lo clavó, no seguimos construyendo. Así que autodeclaro, además de competencia respetable, fue sin saberlo nuestro banco de pruebas.

La cuestión es que generar el fichero es la parte fácil del problema. La parte difícil pasa antes, y ahí es donde una herramienta que solo ve la foto que tú le subes no puede ayudarte, por buena que sea.

La pregunta que nadie te responde: ¿me toca presentar este año?

El 720 no se presenta todos los años porque sí. Tiene reglas, y las reglas tienen esquinas:

Y hay una cuarta esquina todavía más fina, que Marcos descubrió en sus propias carnes y que te cuento en un momento: no es lo mismo haber presentado por obligación que haberlo hecho voluntariamente estando por debajo de los umbrales.

¿Me toca presentar el modelo 720 este año? ¿Has presentado alguna vez? NO ¿Algún bloque supera 50.000 €? ¿Aquella declaración fue obligatoria? NO SE PRESENTA el bloque entero NO SE PRESENTA (aún) NO (voluntaria) ¿Creció +20.000 € el bloque o vendiste algo declarado? ¿Superas ahora los 50.000 €? NO SE PRESENTA M, A y las C NO SE PRESENTA este ejercicio NO SÍ, 1ª real ZONA GRIS La "zona gris": tras una declaración voluntaria, si vendes cosas declaradas o creces +20.000 pero sigues bajo 50.000, el criterio es discutible y la respuesta honesta es consultarlo con tu asesor. Argos te lo señala en vez de esconderlo. Esquema divulgativo simplificado. Umbrales por bloque: cuentas, valores e inmuebles van por separado.

¿Ves el problema? Para recorrer ese árbol necesitas saber cuánto valía tu bloque a 31 de diciembre, cuánto declaraste la última vez, y si vendiste algo de lo declarado durante el año. Una herramienta a la que le subes un CSV una vez al año no tiene ni idea de nada de eso. No es un defecto suyo: es que no puede saberlo. Tú le dices "genérame el fichero" y ella te lo genera. La decisión de si tocaba o no la tomaste tú solo, en tu cocina, con la calculadora del móvil.

La historia de Marcos: el susto de los 865 euros

Marcos tiene 35 años, es ingeniero, y empezó a invertir hace unos pocos años, como tanta gente de su quinta: un bróker extranjero de comisiones baratas, cuatro ETF bien elegidos, aportación mensual y a dormir. Todo iba según el plan hasta que un día, en un foro, se cruzó con dos palabras que no había visto en su vida: "modelo 720".

Investigó, claro, porque es ingeniero y no sabe hacer otra cosa. Descubrió que sus fondos vivían en un custodio holandés y sus acciones en uno irlandés, que eso era "tener bienes en el extranjero", y que existía una declaración informativa con fama de multas terroríficas. Descubrió también que no llegaba al umbral de los 50.000 euros, así que técnicamente no le tocaba. Pero entre la fama del modelo y las ganas de estar en paz con Hacienda (ya tú sabes), decidió presentarlo igualmente. Encontró autodeclaro, pagó su tarifa, subió sus CSV y presentó su primer 720: unos 21.000 euros en valores, declarados voluntariamente. Durmió estupendamente.

El problema llegó al año siguiente, en 2025, cuando hizo vida normal de inversor: vendió tres posiciones que estaban en aquella declaración (entre ellas su LVMH y su Amazon), rotó otras y siguió aportando. Y en enero de 2026, con el plazo abierto, se sentó a decidir si le tocaba repetir. Buscó información clara y no la encontró: todo eran artículos vagos que se copiaban unos a otros. Así que aplicó la única regla que recordaba: "no he crecido más de 20.000 euros y sigo por debajo de 50.000, así que no me toca". No presentó nada. Esta vez durmió regular.

Meses después, su caso pasó por el motor fiscal de Argos con sus transacciones reales y los cierres reales de mercado. Tres resultados, del más incómodo al más tranquilizador:

  1. Su incremento de 2025 sí superó los 20.000 euros. Por 865 euros. Lo había estimado a ojo y se quedó corto. Si la regla del incremento le hubiera aplicado, habría incumplido por un margen ridículo sin enterarse.
  2. Vendió bienes declarados, que es el disparador que ni conocía.
  3. Y aun así, probablemente no estaba obligado. Porque su declaración de 2024 fue voluntaria y las reglas de años sucesivos están escritas para quien presentó por obligación. El motor no le dijo "incumpliste" ni "estás limpio": le dijo, literalmente, "criterio discutible, consúltalo con un asesor", con el razonamiento completo para llevárselo al gestor.

Esa tercera respuesta es la que nos convenció de que íbamos por el buen camino. Una herramienta que siempre te dice "sí, presenta" no te está asesorando, te está facturando. Y una que te dice "no te preocupes" sin mirar tus números te está arriesgando. La respuesta honesta a veces es un semáforo en ámbar con un informe debajo del brazo.

Lo que sí es seguro: la cartera de Marcos supera ya los 50.000 euros, así que su declaración del ejercicio 2026, la de enero, será la primera genuinamente obligatoria. Y saldrá de Argos con dos clics, porque todo lo anterior ya está dentro.

Qué hace cada herramienta, sin trampas

Modelo 720: qué cubre cada herramienta autodeclaro Argos Terminal Genera el fichero oficial .720 (formato BOE) Acepta CSV de decenas de brókers SÍ (50+) Los que ya importas Te dice SI estás obligado a presentar NO SÍ (sí / no / consultar) Detecta ventas de bienes ya declarados NO SÍ, con fecha e importe Recuerda lo que declaraste otros años NO SÍ (importa tu .720 previo) Vigila los umbrales 50.000 / +20.000 todo el año NO SÍ, con tu cartera viva Distingue custodio español / extranjero y cripto (721) Parcial Presenta por ti en la sede de la AEAT De pago (tarifa aparte) NO: siempre presentas tú Coste por declaración Tarifa anual Incluido en tu licencia Comparativa elaborada en agosto de 2026 con las funciones publicadas de cada servicio. "Parcial": autodeclaro filtra derivados y convierte divisas, pero no conoce el país de custodia de lo que no le subas ni distingue tu cripto en exchange español.

La fila clave es la tercera. Todo lo demás son detalles de ejecución; esa es la diferencia de concepto. autodeclaro es una gestoría exprés a la que tú llevas los papeles. Hace su trabajo bien y rápido. Argos es el sistema donde tus papeles ya viven, así que puede hacer el trabajo que una gestoría exprés no puede: mirar tu año entero y decirte si hace falta ir siquiera.

De esa diferencia salen cosas muy concretas que vimos funcionar con el caso de Marcos:

Las extinciones se detectan solas, con su fecha y su importe de venta. Cuando vendes algo declarado, el 720 siguiente debe llevar un registro de tipo C con el valor de transmisión. Argos lo saca de tus operaciones reales, al céntimo y con el tipo de cambio del día de cada venta.

El emparejamiento es fino de verdad. Un ejemplo del caso: Marcos vendió un ETF en DEGIRO y meses después recompró el mismo ETF en Interactive Brokers. Mismo ISIN, distinto custodio. Para el 720 son dos bienes distintos: la extinción del holandés y el alta del irlandés. Argos lo separa solo. Ese nivel de detalle, haciéndolo a mano en un Excel, es exactamente donde la gente se equivoca.

Tu historial previo se aprovecha, vengas de donde vengas. Si ya presentaste otros años, con autodeclaro o con tu gestor, Argos importa ese fichero .720 tal cual y lo usa como línea base para calcular incrementos y extinciones. Tu pasado no se pierde: se convierte en el punto de partida.

Y la cripto no se cuela donde no debe. Las criptomonedas en el extranjero van al modelo 721, no al 720, y solo si están custodiadas por una entidad extranjera. Tus cripto en un exchange español no se declaran en ninguno de los dos. Argos conoce la diferencia porque sabe dónde está cada cosa.

Hablemos de dinero

autodeclaro cobra por declaración: en agosto de 2026, sus tarifas publicadas van de 65 a 75 euros por generarte el fichero, y 180 euros si además lo presentan ellos. Precios razonables comparados con una gestoría tradicional.

El generador del 720 de Argos va incluido en el gestor fiscal de la licencia, sin coste por declaración ni tarifa anual aparte. La licencia de Argos Terminal cuesta 29,90 € en pago único por un año, o 89,90 € de por vida con todas las actualizaciones incluidas. No es una errata: la licencia vitalicia entera cuesta lo que una sola presentación con servicio completo en otros sitios.

Cinco años presentando el 720: coste acumulado de la parte del fichero Servicio por declaración (65 €/año, tarifa base publicada) 65 € 130 € 195 € 260 € 325 € Argos: incluido en el gestor fiscal de tu licencia 0 € extra por declaración, los cinco años año 1 año 2 año 3 año 4 año 5 Tarifas de terceros publicadas en agosto de 2026 (65-75 € por fichero; 180 € con presentación incluida). El precio vigente de Argos aparece en el texto.

Que el precio de la licencia lo leas siempre actualizado en este artículo no es casualidad, por cierto: el dato viene en vivo desde nuestra tienda. Si algún día cambia, este post se corrige solo. Odiamos las páginas con precios viejos tanto como tú.

Las sanciones ya no son las de antes (pero tampoco juegues)

Si llevas años oyendo que el 720 es "el modelo de las multas confiscatorias", actualiza el disco duro. Aquello existió: sanciones del 150% del valor no declarado, multas de 5.000 euros por dato, historias de terror con nombre y apellidos. Y aquello murió en enero de 2022, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tumbó el régimen sancionador español por desproporcionado.

Lo que quedó vivo es la obligación de declarar, con el régimen sancionador general de las declaraciones informativas: multas fijas por dato omitido, con mínimos de unos pocos cientos de euros, que se reducen a la mitad si presentas tú antes de que Hacienda te requiera. Traducción: si descubres que se te pasó un ejercicio, el movimiento inteligente es la presentación extemporánea voluntaria, pronto y con los números bien hechos. El pánico ya no está justificado; la dejadez tampoco, porque la reducción por voluntariedad desaparece en el momento en que te llega el requerimiento.

Por eso insistimos tanto en la parte de la vigilancia: el coste de enterarte tarde ya no es una ruina, pero sigue siendo dinero tirado por no haber mirado a tiempo. Y mirar a tiempo, cuando tus datos ya están cargados, es gratis.

¿Y la cripto? Dos párrafos sobre el 721

Desde el ejercicio 2023 existe un hermano del 720 para las criptomonedas en el extranjero: el modelo 721. Mismo espíritu (informativo, umbral de 50.000 euros, plazo de enero a marzo) y una particularidad que despista a casi todo el mundo: solo cuenta la cripto custodiada por una entidad extranjera. Tus monedas en un exchange español no van al 721, y las que guardas tú mismo en tu propia wallet tampoco, porque no las custodia ninguna entidad.

Esto significa que puedes tener bitcoin en tres sitios y que cada uno tenga un tratamiento distinto. Argos lo distingue porque sabe dónde está cada posición: el exchange español queda fuera, el extranjero suma para el umbral del 721, y el 720 ni lo huele, porque la cripto no es un valor. Este tipo de fronteras entre modelos es exactamente donde una hoja de cálculo casera empieza a hacer aguas.

Los cinco errores que más se repiten con el 720

Después de mirar el caso de Marcos con lupa y de hablar con bastante gente estos meses, estos son los clásicos:

Entonces, ¿cuál uso?

Respuesta honesta, que para eso hemos venido:

Usa autodeclaro (o tu gestor) si solo quieres el fichero de este año, tienes claro que estás obligado, tu cartera no vive en ningún sitio digital y no te apetece que viva. Subes tus CSV, pagas tu tarifa, recibes tu fichero. Transacción limpia, señores serios.

Usa Argos si tu cartera ya vive en Argos, o si lo que te quita el sueño no es el fichero sino la pregunta de si te toca. Entonces el 720 deja de ser un trámite anual con susto incluido y pasa a ser un subproducto: la app vigila tus umbrales todo el año con tus datos reales, te avisa de las esquinas (las ventas de declarados, el incremento que se te acerca, la cripto que va al 721 y no al 720), y en enero te genera el fichero con lo que ya sabe.

Y en ambos casos, una verdad incómoda que ninguna herramienta te va a quitar: la presentación en la sede de la AEAT la haces tú, con tu certificado o tu Cl@ve, y la responsabilidad de lo declarado es tuya. Argos te genera el fichero y te acompaña hasta la puerta, pero no firma por ti. Quien te prometa lo contrario, que te enseñe la letra pequeña.

Otra verdad incómoda, ya que estamos: nada de esto sustituye a un asesor fiscal. El caso de Marcos acabó en "consúltalo con tu gestor", y eso hizo. La diferencia es que llegó al despacho con el informe hecho, los números exactos y las dos lecturas posibles sobre la mesa, y la consulta duró diez minutos en vez de una tarde reconstruyendo extractos.

La moraleja

El fichero del 720 lo genera cualquier herramienta decente. Saber si te tocaba presentarlo, eso solo lo puede hacer quien conoce tu año entero. Elige en consecuencia.

Preguntas frecuentes

¿Argos presenta el modelo 720 por mí?

No, y es deliberado. Argos te dice si estás obligado, te prepara el fichero oficial y te da el resumen para tu asesor, pero la presentación la haces tú en la sede de la AEAT con tu certificado digital o Cl@ve en un par de minutos. Preferimos que el último clic, el que tiene efectos legales, sea siempre tuyo.

Ya presenté el 720 otros años con autodeclaro o con mi gestor. ¿Me sirve de algo?

Te sirve de mucho: ese fichero .720 es oro. Argos lo importa tal cual y lo usa como línea base, de modo que sabe qué declaraste, por cuánto, y puede calcular con precisión si te aplica el incremento de 20.000 euros o si has vendido algo de lo declarado. No empiezas de cero: empiezas desde tu historial.

¿Tengo que presentar el 720 si no llego a 50.000 euros?

El primer año no hay obligación si ningún bloque (cuentas, valores, inmuebles) supera los 50.000 euros. Puedes presentar voluntariamente, pero ojo: los años siguientes tienen reglas propias y alguna zona gris, sobre todo si vendiste cosas declaradas. Es justo lo que le pasó a Marcos, y la respuesta seria es calcularlo con datos y confirmarlo con tu asesor.


Esto es divulgación con números reales encima de la mesa, no asesoramiento fiscal: para tu caso concreto, gestor. Si quieres el detalle fino de los modelos, en la Academy tienes las guías del modelo 720 y del modelo 721 explicadas para lerdos, y si quieres ver el gestor fiscal por dentro, prueba Argos gratis 30 días: sin tarjeta, con tu cartera de verdad.

¿Te gusta este contenido?

Déjame tu correo aquí y recibe la «nius» cada día en tu buzón. Economía y finanzas sin tonterías.

¡Gracias! Revisa tu correo electrónico. Te acabo de enviar un e-mail.
Uy, algo ha fallado. Prueba otra vez en un momento.