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Fiscalidad de las criptomonedas: compraventas, permutas y staking

Vender cripto por euros genera ganancia o pérdida patrimonial, y permutar una moneda por otra tributa igual aunque no toques un euro. Staking, minado, FIFO y el error que más caro sale.

Equipo EPL · 02/09/2026

Vender criptomonedas genera una ganancia o una pérdida patrimonial que tributa en la base del ahorro del IRPF, del 19% al 28% en 2026. Permutar una moneda por otra tributa exactamente igual, aunque no recibas ni un euro. El staking y los intereses son rendimientos del capital mobiliario, y el minado suele ser actividad económica.

Esa es la definición seria. Ahora te lo contamos con cromos.

El cambio de cromos del recreo

Tenías el álbum a medias y los repetidos en el bolsillo. Bajabas al patio y cambiabas tres delanteros que te sobraban por el portero que te faltaba.

Nadie sacó un billete. Nadie pasó por caja. Y sin embargo hubo una operación completa: te desprendiste de algo que valía y recibiste otra cosa a cambio.

Hacienda mira tus criptomonedas exactamente así. No le interesa si has visto euros. Le interesa si te has deshecho de un bien y has recibido otro. Ese día, el cambio de cromos del recreo se convierte en una venta.

Es la línea que más disgustos ha dado en las últimas campañas de Renta, y la explicamos entera un poco más abajo.

Qué tributa y qué no

Qué operaciones con criptomonedas tributan y cuáles no Sí genera factura fiscal Vender criptomonedas por euros Permutar una cripto por otra Pagar con cripto en una tienda Cobrar staking, intereses o lending Minar (renta de actividad económica) No genera factura por sí solo Comprar con euros y quedarte quieto Mover monedas entre monederos tuyos Ver subir el precio sin vender nada Presentar el modelo 721: solo informa Marco: persona física residente en España, 2026. Las cuatro primeras de la izquierda van a la base del ahorro (del 19% al 28%); el minado, por ser actividad económica, va a la base general, que sube bastante más arriba.

La foto se resume en una frase: el impuesto no aparece cuando compras, aparece cuando te deshaces de algo.

Comprar y quedarte quieto no tributa. Mover monedas de tu monedero del exchange a tu monedero de hardware tampoco, porque sigues siendo el dueño y no ha habido transmisión. Que el precio se multiplique por cinco tampoco, mientras no toques nada.

Y presentar el modelo 721, la declaración informativa de las criptomonedas custodiadas fuera de España, no cuesta ni un euro de impuesto. Informar y tributar son dos cosas distintas que la gente mezcla constantemente.

La permuta: cambiar cromos también es vender

Aquí está el error caro.

Cuando cambias una moneda por otra sin pasar por euros, el IRPF lo trata como una permuta: entregas un bien, recibes otro, y en ese momento se cierra la cuenta de lo que entregaste. La ganancia se calcula por la diferencia entre lo que te costó la moneda que sueltas y el valor de mercado de la operación.

Con números:

La permuta que no ves: cambias de moneda sin tocar un euro Compraste 1 bitcoin por 20.000 € Permutas lo cambias por otra moneda que vale 50.000 € Hacienda ve una venta de 50.000 € y una compra nueva Ganancia patrimonial: 30.000 € · Impuesto en 2026: 6.180 € · tipo efectivo 20,6% Los 6.180 € se pagan en euros, en la Renta del año siguiente, aunque para entonces la moneda nueva haya caído a la mitad.

Los 6.180 euros salen de aplicar la escalera del ahorro de 2026 a esos 30.000 de ganancia: los primeros 6.000 al 19% son 1.140 euros, y los 24.000 restantes al 21% son 5.040. Ni un céntimo de esa cuenta ha pasado por tu banco.

Fíjate en el matiz, que es lo importante: el impuesto se paga en euros y en su fecha. Si permutas en noviembre y el mercado se hunde en enero, la deuda con Hacienda sigue siendo la misma. Gente muy espabilada operando ha acabado debiendo más de lo que le quedaba en la cartera. No es una leyenda urbana, es aritmética.

Pagar con criptomonedas funciona igual. Comprarte un ordenador con bitcoin es vender el bitcoin primero y comprar el ordenador después, aunque la pantalla del comercio solo te enseñe un código QR.

Staking, intereses y minado: la otra puerta

No todo lo cripto es ganancia patrimonial. Hay una segunda puerta.

Staking, lending e intereses. Lo que te pagan por dejar tus monedas trabajando es un rendimiento del capital mobiliario, el mismo cajón donde viven los dividendos y los cupones. Tributa en la base del ahorro por el valor en euros que tenían las monedas el día que las recibes. Y ojo con esto, que es la parte que se olvida: ese valor pasa a ser tu precio de compra de esas monedas. Si luego las vendes más caras, la diferencia es una ganancia patrimonial aparte.

Minado. Poner máquinas a funcionar es ordenar medios de producción por tu cuenta, así que el criterio habitual es que se trata de una actividad económica: alta censal, obligaciones de autónomo y tributación en la base general, que sube muy por encima del 28%. Nada que ver con el que compra y espera.

Las dos puertas importan para otra cosa: las pérdidas de una no compensan libremente las ganancias de la otra. Cada cajón se ordena primero por dentro y solo después se cruzan, con un límite estrecho. Lo tienes desmenuzado en compensar pérdidas y ganancias.

El FIFO también manda aquí

Si has ido comprando la misma moneda a distintos precios, no eliges cuál vendes. Sale la más antigua primero, que suele ser la más barata y la que más plusvalía arrastra. Es el mismo criterio FIFO que se aplica a las acciones, y el criterio administrativo considera juntas todas tus unidades de una misma moneda, estén en la plataforma que estén.

Traducción práctica: tener bitcoin repartido en tres exchanges no te da tres colas independientes. Te da una sola cola y tres históricos que tendrás que juntar tú.

Cuando el exchange quiebra o te vacían la cuenta

Aquí la casa no va a venderte optimismo.

Si una plataforma cierra con tu dinero dentro, o alguien se lleva tus monedas, no hay venta. Y sin transmisión no hay pérdida patrimonial de las que restan cómodamente en la base del ahorro: es una pérdida patrimonial que no deriva de transmisión, va a la base general y allí las reglas de compensación son bastante más estrechas.

Con la quiebra hay además una condición de tiempo. Un crédito que no cobras no se puede deducir el día que te enfadas: la ley pide que se haya cerrado un acuerdo con quita, que el concurso llegue a determinada fase, o que haya pasado un año desde que iniciaste una reclamación judicial sin cobrar. Y todo eso hay que probarlo con papeles, no con una captura de pantalla del foro.

Es uno de los pocos sitios de este artículo donde te decimos directamente que no lo hagas por tu cuenta: si el importe es serio, esto se lleva con un asesor.

¿Y a ti en qué te afecta?

En que tu problema no va a ser el impuesto, va a ser el Excel.

Un año normal de alguien que "solo trastea" son doscientas operaciones entre compras, cambios, comisiones pagadas en la propia moneda y recompensas semanales de tres euros. Cada una de esas líneas necesita fecha, unidades y valor en euros del momento. Y las plataformas cambian de interfaz, recortan el histórico descargable o se van de Europa sin avisar.

Lo que hacemos nosotros, y te ahorra una primavera desagradable:

En casa lo tenemos automatizado con el gestor fiscal de Argos Terminal, que junta las operaciones reales y saca lo compensable. Con una hoja de cálculo también se lleva, de verdad que sí. Lo que no se puede llevar es de memoria.

El momento honesto

Dos cosas que no te van a contar en un hilo de mil seguidores.

La primera: buena parte de este terreno se sostiene en criterios administrativos y consultas, no en un capítulo específico de la ley pensado para esto. Los criterios se afinan con el tiempo, y en cripto se han afinado bastante desde 2018. Lo que hoy parece cerrado puede matizarse mañana.

La segunda: la información está llegando igual. La normativa europea obliga desde 2026 a los proveedores de servicios de criptoactivos a informar de sus clientes, y hay un marco internacional de intercambio en la misma dirección. Operar pensando que esto es un rincón oscuro es una estrategia con fecha de caducidad puesta.

Esto es divulgación para que sepas qué preguntar, no asesoramiento. Con permutas, varias plataformas y staking por medio, una hora con un asesor cuesta bastante menos que una liquidación con recargo. Y si quieres ver dónde encaja todo esto en el año fiscal completo, el mapa está en la guía de fiscalidad del inversor español.

En cripto no te pilla Hacienda por vender. Te pilla por cambiar de cromo y no apuntarlo.

Preguntas frecuentes

¿Cambiar bitcoin por otra criptomoneda paga impuestos?

Sí. La permuta entre monedas virtuales es una alteración patrimonial: se calcula por la diferencia entre lo que te costó la moneda que entregas y el valor de mercado de la operación. Tributa en la base del ahorro del ejercicio en que la haces, aunque no hayas retirado ni un euro a tu cuenta bancaria.

¿Cómo tributan las recompensas del staking?

Como rendimientos del capital mobiliario, en la base del ahorro, por el valor en euros que tenían el día que las recibes. Ese valor pasa a ser además tu precio de compra: si luego vendes esas monedas más caras, la diferencia es una ganancia patrimonial aparte. Son dos momentos distintos, no un impuesto doble.

¿Puedo restar lo que perdí cuando quebró mi exchange?

Depende, y automático no es. Al no haber venta, no es una pérdida de las que restan en la base del ahorro: va a la base general, con reglas de compensación más estrechas, y la ley exige documentar el quebranto y esperar a determinadas fases del concurso o de la reclamación judicial. Con importes serios, consúltalo con un asesor.

Deja de calcular esto a mano

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